Data Fiscal

postheadericon Información General

postheadericon Incrementos Aportes Fondo Solidario - Subsidios - Cuota adherente (SEPTIEMBRE 2024)

 

VISTO y CONSIDERANDO:

El criterio adoptado por resoluciones dictadas oportunamente por el Consejo Directivo, de aumentar los aportes de Fondo Solidario y Subsidio y cuotas de los afiliados

El Consejo Directivo de la Obra Social de la Universidad Nacional de Rosario resuelve:

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postheadericon Actualización de Aranceles por Servicios de Guardia Odontológica desde Junio 2024

 

Listado de aranceles correspondientes a los afiliados en las Guardias Odontológicas (ASOR), a partir del 1º de Junio de 2024.

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postheadericon Donde realizar estudios radiologicos para tratamientos odontológicos

 

Los Estudios odontológicos se autorizan directamente en los institutos en forma Online.

 

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postheadericon Inconvenientes para abonar las cuotas afiliados adherentes - Julio 2024

 

Informamos a nuestros afiliados adherentes (excepto Jubilados y Pensionados) que la cuota del mes de Julio, no pudieron ser procesadas en las redes bancarias como se realizan habitualmente.

Nuestros afiliados adherentes, si pueden gestionar el pago, a través de la página web de la Obra social, desde el siguiente enlace:

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postheadericon Incrementos Aportes Fondo Solidario - Subsidios - Cuota adherente (AGOSTO 2024)

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VISTO y CONSIDERANDO

El criterio adoptado por resoluciones dictadas oportunamente por el Consejo Directivo, de aumentar los aportes de Fondo Solidario y Subsidio y cuotas de afiliados voluntarios.

El Consejo Directivo de la Obra Social de la Universidad Nacional de Rosario resuelve:


Art. 1º) Incrementar a partir del 1ro de AGOSTO de 2024 un 7,00 % (siete por ciento) el valor de las:

- CUOTAS

- FONDO SOLIDARIO

- SUBSIDIO

de todos los Afiliados adherentes (inclusive Jubilados y Pensionados).

Art. 2º) Incrementar a partir del 1ro de AGOSTO de 2024 un 4,00 % (cuatro por ciento) el valor del

- FONDO SOLIDARIO DE ALTA COMPLEJIDAD MEDICA y

- el aporte en concepto de SUBSIDIOS; para los afiliados ACTIVOS.

Art. 3º) En ambos casos se tomarán como base los valores vigentes al mes inmediato anterior y el porcentaje aplicado será acumulativo.

Art. 4º) Comuníquese, inscríbase y archívese.

 

 
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